La incautación de US$480 millones al ex dictador nigeriano plantea una pregunta clave: ¿quién debe recibir el producto de la corrupción?

[private]Por Bruce Zagaris, colaboradora de ACFCS

19 de Agosto de 2014

(Este artículo de DelitosFinacieros.org es una adaptación de un artículo de edición de Noviembre de 2014 de la publicación International Law Reporter, editada y publicada por Bruce Zagaris. Socio de Berliner, Corcoran & Rowe, en Washington DC. Zagaris es miembro de la Junta de Asesores de ACFCS y un líder mundial en tributación internacional, tratados y asuntos de aplicación de la ley).

Los bienes decomisados son producto de la corrupción durante y después del régimen militar del General Abacha. El 17 de noviembre de 1993 el General Abacha tomó el cargo de presidente de Nigeria con un golpe militar y permaneció en el cargo hasta su muerte el 8 de junio de 1998, la denuncia alega que el General, su hijo Mohammed Sani Abacha, su socio Abubakar Atiku Bagudu y otros malversaron, se apropiaron indebidamente y obtuvieron a través de la extorsión miles de millones de dólares del gobierno de Nigeria y otros, y luego lavaron los fondos a través de instituciones financieras de EEUU y la compra de bonos respaldados por EEUU.

El fallo es producto de una demanda de confiscación que presentó el Departamento de Justicia en noviembre 2013 contra más de US$625 millones en la mayor acción de confiscación por “cleptocracia” presentada por el Departamento de Justicia. La sentencias de decomiso, incluye aproximadamente US$303 millones en dos cuentas bancarias en la Bailía de Jersey, US$144 millones en dos cuentas bancarias en Francia, y tres cuentas bancarias en el Reino Unido e Irlanda con un valor estimado de al menos US$27 millones.

La disposición final de los fondos obedecerá a la ejecución de la sentencia en cada una de estas jurisdicciones. Se encuentran pendiente reclamos adicionales por aproximadamente US$148 millones en cuatro carteras de inversión en el Reino Unido.

La demanda alega que el general Abacha y otros malversaron sistemáticamente miles de millones de dólares de fondos públicos del Banco Central de Nigeria bajo la pretensión totalmente falsa de que se necesitaban los fondos para la seguridad nacional. Los acusados retiraron los fondos en efectivo y luego transfirieron el dinero al extranjero a través de las instituciones financieras estadounidenses.

El General Abacha y su ministro de Finanzas también presuntamente llevaron al gobierno nigeriano a comprar bonos del gobierno de Nigeria a precios extraordinariamente inflados de una empresa controlada por Bagudu y Mohammed Abacha, generando una ganancia ilegal de más de US$282 millones. Además, el general Abacha y sus cómplices presuntamente obtuvieron a través de extorsiones más de US$11 millones de una empresa francesa y su filial nigeriana en relación con los pagos de contratos públicos. Los fondos que intervienen en cada uno de estos esquemas fueron supuestamente lavados en EEUU.

El Departamento de Justicia dijo que agradece la asistencia proporcionada por los gobiernos de Jersey, Francia y el Reino Unido en la investigación.

El caso genera preguntas sobre si y cómo se debe repatriar el producto de la corrupción

Uno de los temas interesantes que todavía es un incierto es cuánto del dinero recuperado será devuelto a Nigeria o cuánto será compartido con los países que participaron en los casos de extinción de dominio. El 27 de marzo de 2014, el ministro de Justicia de Nigeria Mohammed Adoke ponderó los esfuerzos del Departamento de Justicia y dijo que los activos congelados por EEUU deben ser devueltos a Nigeria. La iniciativa estadounidense Kleptocracy Asset Recovery prevé “cuando proceda” la restitución del producto robado «para beneficiar a las personas perjudicadas por estos actos de corrupción y abuso de poder».

Sin embargo, la repatriación de los fondos de Abacha al Tesoro de Nigeria puede dar lugar a la crítica entre los líderes de la sociedad civil, que estiman que no se puede confiar que el gobierno de Nigeria gastará el dinero en los servicios públicos.

En pasados arreglos transnacionales por corrupción, los tribunales han ordenado que los fondos sean canalizados a través de organizaciones sin fines de lucro o vehículos especiales en los que el dinero se dirige a proyectos públicos específicos y que los gastos de los mismos sean trasparentes y monitoreados. Por ejemplo, en 2011 BAE pagó los fondos para la consecución de objetivos específicos y mensurables de desarrollo en el sector de la educación en Tanzania como acuerdo en un caso de soborno.

Un caso similar fue resultado de una investigación en el marco de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA), que dio lugar a que un ciudadano estadounidense aceptara transferir al Banco Mundial US$84 millones, para ser utilizados en actividades en Kazajstán. Los fondos fueron recuperados después de que las autoridades estadounidenses presentaran cargos contra el acusado por sobornos pagados en Kazajstán en relación con los contratos en el sector de petróleo y gas.

BOTA Foundation (Fundación BOTA), que fue creada expresamente en mayo de 2008 como una organización independiente sin fines de lucro, administró los fondos en virtud de un acuerdo entre los gobiernos de Kazajstán, Suiza y EEUU, con la asistencia del Banco Mundial. Los fondos estaban destinados a programas para niños y jóvenes y fueron administrados en colaboración con representantes de la sociedad ci[/private]