Guía para una precisa Debida Diligencia de compañías Fintech


Due Diligence sobre Fintechs: Guía “Efectuando la Debida Diligencia sobre Compañías de Tecnología Financiera” emitida conjuntamente por FDIC, OCC y la Fed con el propósito de brindar lineamientos a los bancos al realizar la debida diligencia sobre compañías de tecnología financiera.


La innovación y la evolución de las preferencias de los clientes están cambiando el panorama de los servicios financieros, incluida la forma en que se ofrecen productos y servicios financieros. Algunos bancos están explorando formas en las que las relaciones con terceros pueden ayudarlos a responder al panorama cambiante. Estas relaciones son particularmente relevantes en situaciones en las que los bancos pueden beneficiarse de una experiencia adicional.

Al proporcionar acceso a tecnologías nuevas o innovadoras, las empresas especializadas en tecnologías financieras (Fintech) pueden proporcionar a los bancos muchos beneficios, como productos y servicios mejorados, mayor eficiencia y costos reducidos, todo lo cual refuerza la competitividad. Al igual que otras relaciones con terceros, los acuerdos con empresas de tecnología financiera también pueden presentar riesgos. Evaluar los beneficios y riesgos que plantean estas relaciones es clave para el proceso de debida diligencia de un banco.



Esta guía emitida conjuntamente por la FDIC, OCC y la Fed de EE.UU. con el propósito de brindar lineamientos a los bancosestá destinada a ser un recurso para los bancos cuando realicen la debida diligencia sobre posibles relaciones con empresas de tecnología financiera.

Durante la diligencia debida, un banco recopila y analiza información para determinar si las relaciones con terceros respaldarían sus objetivos estratégicos y financieros

El uso de esta guía no anticipa todos los tipos de relaciones y riesgos con terceros. Por lo tanto, un banco puede adaptar la forma en que utiliza la información relevante en la guía, en función de sus circunstancias específicas, los riesgos que plantea cada relación con un tercero y el producto, servicio o actividad relacionada que ofrece la Fintech. Si bien la guía está escrita desde la perspectiva de un banco comunitario, los conceptos fundamentales pueden ser útiles para bancos de tamaño variable y para otros tipos de relaciones con terceros.

La debida diligencia es un componente importante de un proceso eficaz de gestión de riesgos de terceros, como se destaca en la guía respectiva de las agencias bancarias federales. Durante la diligencia debida, un banco recopila y analiza información para determinar si las relaciones con terceros respaldarían sus objetivos estratégicos y financieros y si la relación se puede implementar de manera segura y sólida, de conformidad con los requisitos legales y reglamentarios aplicables.

El alcance y la profundidad de la debida diligencia realizada por un banco dependerá del riesgo para el banco de la naturaleza de la actividad. Los bancos también pueden optar por complementar o aumentar sus esfuerzos de diligencia debida con otros recursos según corresponda, como el uso de servicios públicos de la industria o consorcios que se centran en la supervisión de terceros.



La guía se centra en seis temas clave de diligencia debida, incluidas consideraciones relevantes, posibles fuentes de información y ejemplos ilustrativos. Puede haber otros temas, consideraciones y fuentes de información a considerar, dependiendo de la relación única y el rol de la empresa Fintech.

Contratar a un tercero no deslinda la responsabilidad del banco de operar de manera segura y rigurosa y de cumplir con los requisitos legales y reglamentarios aplicables, incluidas las leyes y reglamentaciones federales y estatales, como si el banco fuera a realizar el servicio o la actividad por sí mismo.