Gran Bretaña investiga a KPMG por las auditorías a Rolls Royce

El regulador financiero del Reino Unido señaló esta semana que ha abierto una investigación sobre KPMG en relación con las auditorías que la firma realizó para su cliente Rolls-Royce Holdings.

Financial Reporting Council o FRC dijo que su decisión de investigar a KPMG «se produce luego del anuncio de la Oficina de Fraudes Graves, o SFO por sus siglas en inglés, el 17 de enero de 2017 de llegar a un acuerdo de procesamiento diferido — Deferred Prosecution Agreement –entre SFO y Rolls-Royce que se relaciona con ofensas incluyendo conspiración para corromper y no haber prevenido sobornos».

La investigación cubre las auditorías de KPMG de los estados financieros de Rolls-Royce entre 2010 y 2013.

En diciembre del año pasado, Rolls-Royce reemplazó a KPMG por PricewaterhouseCoopers a partir de 2018. KPMG había auditado a Rolls-Royce durante 26 años.

El Acuerdo de Procesamiento Diferido del Reino Unido fue parte de una resolución global de US$800 millones de Rolls-Royce con fiscales del Reino Unido, Estados Unidos y Brasil.

Bajo su acuerdo con la Oficina de Fraudes Graves del Reino Unido, Rolls-Royce pagó multas de 497 millones de libras esterlinas (unos US$640 millones).

En Estados Unidos, Rolls-Royce pagó una sanción penal de US$170 millones después de ser acusado de una prolongada conspiración global para violar la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA). En Brasil, Rolls-Royce acordó pagar al Ministerio Público Federal una multa penal de US$25.5 millones bajo un acuerdo.

Rolls-Royce admitió en el caso en Estados Unidos que entre 2000 y 2013 pagó más de US$35 millones en sobornos a funcionarios de Tailandia, Brasil, Kazajstán, Azerbaiyán, Angola e Irak.

Como parte de su resolución ante la SFO, Rolls-Royce admitió haber pagado otros sobornos o no haber prevenido el soborno en China, India, Indonesia, Malasia, Nigeria, Rusia y Tailandia de 1989 a 2013.

KPMG señaló en un comunicado el jueves:

Es importante que los reguladores que actúan pensando en el interés general revisen asuntos de alto perfil. Cooperaremos plenamente con la investigación del FRC, que sigue las investigaciones de la SFO sobre Rolls-Royce. Confiamos en la calidad de todo el trabajo de auditoría que hemos completado para Rolls-Royce, incluyendo el período 2010-2013 que la FRC está considerando.

Financial Reporting Council es un regulador independiente. Establece los estándares de práctica del Reino Unido para el trabajo contable y actuarial y monitorea y hace cumplir la calidad de la auditoría.

KPMG cuenta con cerca de 188.000 profesionales en 155 países. En el Reino Unido opera desde 22 oficinas con unos 650 socios y más de 12.000 empleados. El año pasado, la unidad del Reino Unido registró ingresos de alrededor de 2.000 millones de libras esterlinas (US$2.580 millones).

Notarios en Colombia ajustan sus sistemas ALD

La Superintendencia de Notariado y Registro de Colombia publicó una nueva instrucción administrativa número 8 de 2017, que complementa la circular externa 1536 de 2013 sobre la implementación del Siplaft para las organizaciones bajo su órbita.

INSTRUCCION ADMINISTRATIVA 08 ABRIL 07 DE 2017

El documento tiene como objetivo dar alcance a la Instrucción No.17 –del 26 de octubre de 2016—, sobre el funcionamiento del Sistema Integral para la Prevención y Control de Lavado de Activos y la financiación del Terrorismo en el Sector Notarial.

En la instrucción se especifican las medidas y controles que aseguren el cumplimiento de las recomendaciones impartidas por el Grupo de Acción Financiera Internacional -GAFI-, en relación con los procedimientos de conocimiento de los usuarios y el incremento del grado de monitoreo con personas naturales o jurídicas provenientes de países de mayor riesgo.

En ese sentido, se establecen orientaciones con respecto a la Debida Diligencia, las Personas Políticamente Expuestas y las Sanciones Financieras Dirigidas.

Indonesia y Argentina, dos exitosos casos de amnistía fiscal en un nuevo escenario mundial de transparencia

En marzo finalizaron dos de los programas de sinceramiento fiscal más exitosos de los últimos años, por un lado, Indonesia, la mayor economía del Sudeste Asiático, logró que 745.000 contribuyentes declararan por lo menos US$330.000 millones que no figuraban en el radar de sus autoridades fiscales, por el otro lado Argentina señaló que sus ciudadanos blanquearon US$117.000 millones en activos al finalizar su programa el 31 de marzo, un 21% de su producto bruto interno.

Con los miles de millones de dólares exteriorizados, Indonesia y Argentina se ubican en primer y segundo lugar, respectivamente, de los más exitosos programas de sinceramiento fiscal a nivel mundial. Luego, en tercer lugar, se ubica Italia (con US$102.000 millones blanqueados en 2009); seguido por Brasil (US$53.000 millones) y España (US$45.000 millones declarados en 2012).

En Argentina, el 80% de las declaraciones provino del exterior. Casi la mitad de las operaciones fueron para declarar inversiones, un tercio para cuentas bancarias y un 17% para inmuebles.

El mayor aporte fue la casi duplicación de la base imponible del impuesto a los bienes personales, que rondaba los US$ 116.000 millones y ahora quedó establecida en US$ 226.000 millones, un crecimiento del 94%.

El total recaudado por el fisco en Argentina, que utilizará para el pago de haberes jubilatorios, fue de $148.600 millones (aproximadamente US$9.500 millones).

En total ingresaron al sinceramiento unas 254.000 personas de las cuales el 96% corresponde a personas físicas y sólo 4% a personas jurídicas. El promedio de sinceramiento, entonces, fue de US$440.000 por declarante.

El 80% de los activos declarados, US$93.300 millones, fueron declarados en el exterior. De ese total, US$55.000 millones corresponden a blanqueo de inversiones, de las cuales el 30% fueron en Estados Unidos, 26% en Suiza y 15% en las Islas Vírgenes. Otros US$25.900 millones corresponden a cuentas bancarias, de los que el 45% estaban depositados en Estados Unidos, el 32% en Suiza y el 9% en Uruguay. Por último, US$10.000 millones de inmuebles (57.000 unidades blanqueadas). La mitad de las propiedades fueron declaradas en Uruguay, 37% en Estados Unidos y 4% en Brasil. En el país se declararon un total de US$23.500 millones.

La moratoria, por su lado, regularizó $117.000 millones de deuda con el fisco, a través de más de medio millón de planes de pago y contribuyentes inscriptos por un total de 475.000.

El gobierno de Argentina destacó que las declaraciones del blanqueo ampliarán la base imponible para el impuesto a los Bienes Personales. Para el caso de lo que tributa ese impuesto desde el exterior, el aumento de la base es de 495%, ya que pasará de los US$19.000 millones objeto de tributación a US$113.000 millones. La base imponible doméstica se ampliará de US$116.000 millones a US$226.000 millones, un incremento del 94%.

Otra consecuencia lateral que tendrá esta ampliación será una mayor recaudación de impuesto a las Ganancias que redundará en un reparto mayor hacia las provincias, en medio del debate entre la Nación y los gobernadores sobre la reforma tributaria.

Los grandes montos de dinero fuera de la fiscalización de las agencias tributarias nacionales muestran la desconfianza de los ciudadanos a los distintas gobiernos y vaivenes económicos, aunque a la decisión actual de adherir a estos programas de moratoria también aportó mucho el nuevo contexto global, caracterizado por un mayor intercambio información tributaria entre los países.

El nuevo mundo de transparencia fiscal y la entrada en vigencia de los intercambios automáticos en el 2017 sin lugar a dudas influyeron en la toma de decisión de muchos contribuyentes, a través del Common Reporting Standard de la OCDE los países firmantes comenzarán a compartir información automática de las bases de datos sin aviso a los contribuyentes. En septiembre de 2017 se producirá el primero de los canjes informativos con unos 55 países.

Para la OCDE Argentina se queda corta en la lucha contra la corrupción

Argentina debe promulgar con urgencia el proyecto de Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas y cumplir así con la Convención para Combatir el Cohecho

Dieciséis años después de su ratificación, la Argentina continúa incumpliendo la Convención para Combatir el Cohecho de la OCDE. Sigue sin poder responsabilizar a las empresas por el cohecho internacional ni procesar a los ciudadanos que cometan este delito en el extranjero. La Argentina debe ahora asegurar que el proyecto de Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, presentado en el Congreso en 2016, aborde estas y otras lagunas importantes, y que se promulgue sin demoras.

El Grupo de Trabajo sobre Cohecho de la OCDE acaba de finalizar su informe sobre la implementación por parte de la Argentina de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en las Transacciones Comerciales Internacionales e instrumentos relacionados. Este Informe es consecuencia de la decisión excepcional, adoptada por el Grupo de Trabajo en 2014, de llevar a cabo una evaluación adicional de la Argentina.

El Grupo de Trabajo ha realizado nuevas recomendaciones para que Argentina mejore la lucha contra el cohecho internacional, entre las que se incluyen:

  • reducir significativamente el retraso en investigaciones y procesamientos de delitos económicos complejos;
  • investigar proactivamente y enjuiciar todos los casos de cohecho internacional, según corresponda;
  • reducir el elevado número de vacantes judiciales y el uso de jueces subrogantes;
  • garantizar que los jueces de instrucción y los fiscales dispongan de los recursos necesarios.

Si bien desde diciembre de 2015 se han realizado importantes esfuerzos para implementar la Convención, la Argentina también debe adoptar medidas urgentes que den respuesta a las preocupaciones relacionadas con la independencia judicial y del Ministerio Público Fiscal.

El informe también señala algunos avances positivos. El proyecto de Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas ocupa un lugar destacado en la agenda del actual gobierno. Se ha aprobado la prohibición expresa de la deducción fiscal de los pagos por cohecho de servidores públicos extranjeros.

Las autoridades argentinas han realizado importantes esfuerzos para involucrar al sector privado y promover programas de cumplimiento por parte de las empresas. También se han realizado esfuerzos dentro de la administración pública argentina para concientizar sobre el cohecho internacional. Se han abierto investigaciones judiciales en varios casos de cohecho internacional, aunque algunos de ellos deberían investigarse de forma más proactiva. La Argentina ha adoptado medidas para ampliar la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera. También se han extendido las pautas de elegibilidad en el régimen de contrataciones públicas. Se ha incrementado el intercambio de información financiera entre las autoridades competentes.

El informe contiene, en sus páginas 63-68, todas las recomendaciones del Grupo de Trabajo para Argentina. También, incluye una visión global de las recientes medidas de aplicación de la ley y de las características específicas jurídicas, políticas e institucionales del marco establecido por la Argentina para combatir el cohecho internacional.

En octubre de 2017 y marzo de 2018, la Argentina deberá presentar informes al Grupo de Trabajo sobre el progreso realizado en el cumplimiento de determinadas recomendaciones clave. Para marzo de 2019, la Argentina deberá presentar un informe sobre la implementación de todas las recomendaciones. Este informe será público. El Grupo de Trabajo podrá adoptar medidas adicionales en función de los avances de la Argentina en la implementación de las Recomendaciones de la Fase 3bis.

Caso en EE.UU. ilustra esquema de fraude internacional online utilizando sitios de venta de productos

Un hombre de nacionalidad rumana se declaró culpable esta semana en EE.UU. de conspirar para cometer fraude bancario por su participación en un ardid internacional donde se utilizaron anuncios engañosos en mercados en línea que indujeron a distintas víctimas a enviar aproximadamente US$873.000 a delincuentes para la compra de varios artículos que no estaban realmente disponibles, anunció al Fiscal General Auxiliar Interino Kenneth A. Blanco de la División Criminal del Departamento de Justicia de EE.UU.

Vlad Diaconu, rumano de 36 años, se declaró culpable ante el juez estadounidense Marvin E. Aspen. Diaconu fue acusado en Tennessee en junio de 2015 por conspiración para cometer fraude bancario y cablegráfico en conexión con su participación en este esquema fraudulento online. Diaconu fue extraditado de Rumania a EE.UU. en agosto de 2016.

En relación con su declaración de culpabilidad, Diaconu admitió que él y sus cómplices publicaban vehículos para la venta en mercados en línea como eBay. Cuando las víctimas expresaban su interés en comprar los vehículos, los cómplices respondían con correos electrónicos para que las víctimas giraran los pago a determinadas cuentas bancarias. Estas cuentas bancarias fueron abiertas por miembros del grupo delictivo, incluyendo Diaconu, con el uso de identidades falsas y documentos fraudulentos, incluyendo pasaportes falsificados.

Específicamente, doce víctimas enviaron un total de US$184.900 a cuentas que fueron abiertas por Diaconu creyendo que estaban comprando los vehículos anunciados, y otras víctimas enviaron fondos adicionales a cuentas bancarias abiertas por los cómplices. Diaconu y aliados enviaron posteriormente la mayor parte de los fondos de las víctimas a cómplices ubicados en el extranjero.

El FBI y la Oficina de Investigación de Tennessee investigaron el caso. Mysti Degani de la Sección de Delitos Informáticos y Propiedad Intelectual de la División Criminal y el Procurador Asistente de Estados Unidos Byron M. Jones del Distrito Medio de Tennessee procesaron el caso. La Oficina de Asuntos Internacionales de la División de lo Penal también proporcionó una asistencia sustancial.

¿El delito tributario es fuente del lavado en Colombia?

Este artículo fue publicado originalmente el 17 de marzo de 2017 por INFOLAFT en Colombia. ACFCS lo reproduce con la autorización de la publicación.

Hace unos meses el Congreso de la República aprobó una reforma tributaria que tipificó el delito tributario y que tuvo bastante cobertura por parte de los medios de comunicación. No obstante, en ninguno de los análisis se estudió si ese nuevo delito quedaba como fuente del lavado. Aquí la respuesta con base en un concepto jurídico de Lozano Consultores.

Desde hace tiempo una de las exigencias que hace el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) a los países es tipificar la evasión fiscal como un delito fuente del lavado de dinero, y esa obligación no se cumplía en Colombia debido a que como la evasión no era considerada un ilícito, por obvias razones no podía ser fuente del lavado.

Sin embargo, las cosas parecen haber cambiado con la aprobación de la reciente reforma tributaria.

Por medio del artículo 338 de la reforma se añadió al Código Penal colombiano un nuevo capítulo relacionado con las conductas que atentan contra la administración pública, el cual se denominó ‘‘omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes’’.

Esos nuevos delitos se castigan con cárcel y los cometen aquellos que omitan información –o la aporten de forma inexacta– sobre sus activos iguales o superiores a 7250 salarios mínimos legales mensuales vigentes con el fin de incidir en sus declaraciones de renta y complementarios, o para afectar el saldo a favor de cualquiera de dichos impuestos.

De acuerdo con un concepto jurídico emitido por la firma Lozano Consultores, son tres las conductas punibles que se desprenden del mencionado artículo:

  • La omisión dolosa de activos en la declaración tributaria.
  • Presentar dolosamente información inexacta en relación con los activos declarados tributariamente.
  • Declarar dolosamente pasivos inexistentes.

¿Es delito fuente del lavado?

Al estudiar los delitos tipificados por la reforma y teniendo en cuenta las exigencias del GAFI surge una pregunta entre los oficiales de cumplimiento: ¿estos delitos se convirtieron en fuente del lavado de activos?

Si se revisa el actual artículo 323 del Código Penal –el cual tipifica el lavado de activos– no se encontrará una referencia expresa al delito tributario. Sin embargo, de acuerdo con el concepto jurídico de Lozano Consultores, no hay que olvidar que la lista de delitos fuente ‘‘cuenta con referencias genéricas a títulos completos del Código, en el que se incluyen los delitos contra la administración pública”.

La firma agrega que ‘‘a pesar de no estar expresamente en la lista del artículo 323, el delito tributario fue introducido como una especie de las conductas contra la administración pública y [por ello] configura un delito fuente del LA/FT’’.

Con esta postura concuerda Hernando Hernández Quintero, doctor en derecho de la Universidad Externado, quien afirma que «a mi juicio, todo lo que esté dentro del título XV del Código Penal [delitos contra la administración pública] quedará como delito fuente del lavado de activos».

Las obligaciones que se desprenden

Al ser el delito tributario fuente del lavado de activos, asegura el concepto, le son aplicables todas las obligaciones del ordenamiento jurídico contra el LA/FT.

Debido a esto y según lo expresado en el artículo 441 del Código Penal colombiano, todo particular que tenga conocimiento de la realización de los delitos de LA/FT debe realizar la respectiva denuncia a la autoridad competente, y la omisión de dicha denuncia dará lugar a una sanción penal.

Por otra parte, el artículo 119 de la ley 1708 de 2014 (Código de Extinción de Dominio) impone a toda persona la obligación de reportar a la Fiscalía General de la Nación la existencia de bienes que haya detectado en desarrollo de sus actividades y sobre los cuales haya sospechas de estar incursos en alguna de las causales de extinción de dominio.

Dicho lo anterior, Lozano Consultores recomienda que en los manuales de prevención o gestión del riesgo del LA/FT de toda clase de empresas ‘‘se incluyan mecanismos y procedimientos adecuados para identificar este tipo de bienes cuando tengan relación con estos delitos’’.

Adicionalmente, cuando exista una conducta que genere sospechas acerca de un delito fuente, como es el caso del delito tributario, será necesario que las empresas la incluyan como una señal de alerta que permita su identificación y reporte ante la Unidad de Información y Análisis Financiero (Uiaf).

Según el concepto de Lozano Consultores, ‘‘esto requiere, necesariamente, la modificación de los manuales de las compañías para introducir señales de alerta que permitan identificar la presencia de este tipo de conductas como inusuales al interior del sistema y, de haber lugar a ello, declarar la operación como sospechosa para proceder con el reporte correspondiente a la Uiaf’’.

En el III Foro Internacional sobre Delitos Financieros que realizarán la Asociación de Especialistas Certificados en Delitos Financieros (ACFCS) y la Pontificia Universidad Javeriana de Colombia el 19 y 20 de marzo en la Ciudad de Panamá se analizará en profundidad el estatus entre la evasión fiscal y el lavado de dinero en el panel que abrirá la conferencia: Panel General 1 – El intrincado riesgo de la EVASIÓN TRIBUTARIA y el LAVADO DE DINERO con motivo de la nueva reforma tributaria COLOMBIANA…y cómo mitigarlo

Francia se suma a la investigación por corrupción de Airbus

Airbus Group señaló la semana pasada que investigadores franceses han abierto una investigación preliminar sobre las acusaciones de fraude, soborno y corrupción en los negocios de aviación civil de la compañía.

El investigador de delitos financieros de Francia – Parquet National Financier- está investigando las mismas acusaciones que ya están siendo investigadas por la Oficina de Fraudes Graves del Reino Unido, SFO por sus siglas en inglés.

El gigante de la aeronáutica, con sede en Toulouse, Francia, dijo que “cooperará con las autoridades”.

La SFO confirmó en agosto del año pasado que había abierto una investigación sobre corrupción criminal en Airbus Group. La agencia británica señaló que “las acusaciones están relacionadas con irregularidades vinculadas con consultores terceras partes”.

En abril de 2016, la Agencia de Finanzas Exteriores del Reino Unido suspendió la financiación de Airbus debido a la falta de transparencia en los pagos de terceros. Francia y Alemania también suspendieron la financiación de las exportaciones. En 2016, Airbus Group generó una facturación de más de 65.000 millones de euros.

En 2012, la SFO dijo que estaba investigando posibles sobornos en Arabia Saudita por parte de una compañía británica propiedad de la división militar de Airbus. La división militar era antes conocida como European Aeronautic, Defense & Space Co., o EADS.

Un ex empleado de EADS dijo que los intermediarios le dieron a los funcionarios sauditas coches, joyas y dinero en efectivo para obtener un contrato de comunicaciones de 2.000 millones de libras esterlinas (US$2.600 millones).

Los fiscales de Munich, Alemania, confirmaron en 2014 que la división miliar de Airbus estaba siendo investigada por sobornos relacionados con los contratos de seguridad fronteriza en Rumania y Arabia Saudita. Los contratos fronterizos valían unos US$ 3.700 mil millones.

A principios de este año, el competidor de Airbus, Rolls-Royce PLC, llegó a acuerdos con fiscales en el Reino Unido, Estados Unidos y Brasil para resolver las acusaciones de soborno. La compañía acordó pagar unos US$809 millones por un acuerdo global.

–Con información de FCPA Blog

El Procurador General Adjunto Interino de EE.UU. habla sobre los esfuerzos de EE.UU. en la lucha global contra los delitos financieros

A continuación el discurso del Procurador General Adjunto Interino de EE.UU. Kenneth A. Blanco en el Instituto de Delitos de Cuello Blanco del Colegio de Abogados de EE.UU., donde habla sobre los aspectos internacionales de la labor de coacción de la División de lo Penal del Departamento de Justicia en materia de delitos de cuello blanco, y en particular su labor asociada a la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero [Foreign Corrupt Practices Act (FCPA)], Ley de Secreto Bancario [Bank Secrecy Act (BSA)] y la cleptocracia; y algunas importantes iniciativas y casos recientes como por ejemplo el caso Odebrecht de especial interés en toda América Latina.

Buenos días, y muchas gracias por la gentil presentación. Gracias por la invitación para hablarles hoy, y felicitaciones por la realización de la 31.a conferencia anual de Delitos de Cuello Blanco del Colegio de Abogados de EE.UU. [American Bar Association (ABA)]

Hace veintiocho años, asumí el cargo de fiscal en la Fiscalía de Miami-Dade, y casi una década más tarde, pasé a ser Fiscal Federal Auxiliar la Fiscalía Federal del Distrito Sur de la Florida. Tuve la suerte de, siendo un joven abogado, tener la oportunidad de trabajar y aprender en estas dos oficinas. Aprendí de los mejores abogados litigantes del país, no solo como juzgar casos, sino también como tomar buenas decisiones, ser un buen abogado y comprender el verdadero papel de un fiscal. Estaré eternamente agradecido a toda esta gente maravillosa por enseñarme tanto. Estoy orgulloso de ser un exalumno de ambas estas oficinas, y me emociona ver aquí presentes a algunas de las personas con las que trabajé en esa época.

Esta mañana, quiero contarles un poco sobre la División de lo Penal: quiénes somos, y algunas de las cosas que hacemos en las áreas de los delitos de cuello blanco y la corrupción en el ámbito internacional.

Acerca de la División de lo Penal

Hoy, tengo el honor y el privilegio de hablarles como el Procurador General Adjunto de la División de lo Penal del Departamento de Justicia de EE.UU. Hace más de una década que trabajo en la División de lo Penal como Procurador General Adjunto Suplente con una cartera que incluyó, a lo largo de los años, la Sección de Lavado de Dinero y Recuperación de Activos, la Sección de Narcóticos y Drogas Peligrosas, la Sección de Delincuencia Organizada y Pandillas, la Sección de Obscenidad y Explotación de Menores. Mi cartera también incluyó responsabilidades en asuntos relacionados con Colombia, Afganistán, México y Panamá.

Muchos de ustedes en esta sala conocen muy bien la labor de la División de lo Penal y sus 600 abogados diseminados en 17 secciones y oficinas, mayormente en Washington, D.C., aunque algunos fueron destinados a oficinas de todo el país y muchos a oficinas del exterior y alrededor del mundo. Como ustedes bien saben, las investigaciones y procesamientos de la División de lo Penal cubren todo el espectro de los casos de delitos de cuello blanco; fraude, cohecho, corrupción pública, delincuencia organizada, robo de secretos comerciales, lavado de dinero, fraude de valores bursátiles, fraude gubernamental, fraude de atención médica y fraude cibernético y de informática, entre muchos otros.

También saben que los aspectos internacionales ya sustanciales de la labor de coacción de la División de lo Penal en materia de delitos de cuello blanco, y en particular su labor asociada a la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero [Foreign Corrupt Practices Act (FCPA)], Ley de Secreto Bancario [Bank Secrecy Act (BSA)] y la cleptocracia, para mencionar apenas tres ejemplos, se vuelven más pronunciadas cada año. Ya sea al destapar un ardid de cohecho multinacional o buscar recuperar activos ilegalmente desviados asociados a fondos de inversión pertenecientes a un gobierno extranjero, o al proteger a nuestro sistema financiero contra daños, muchas de nuestras investigaciones más importantes han tenido un componente internacional cada vez mayor y, muchas veces, participan múltiples jurisdicciones extranjeras.

A medida que la delincuencia que atraviesa fronteras sigue proliferando, y sin duda lo hace, la labor del departamento de combatir a los delincuentes de cuello blanco más sofisticados requiere que nuestros fiscales y los agentes con los que trabajan, viajen por el mundo buscando las pruebas y los testigos necesarios para construir una acusación y colaborar con sus colegas extranjeros. Debido a que los delitos contra los Estados Unidos se cometen con mayor frecuencia fuera de los límites de nuestro país, y los delincuentes extranjeros aprovechan nuestro sistema financiero, debemos ser ágiles para lograr una coordinación rápida, efectiva y fluida con nuestros colegas del exterior. Esta realidad, que probablemente no es nueva para ninguno de los participantes en esta conferencia, exige que el departamento haga uso frecuente y eficaz de los diversos mecanismos de cooperación internacional con nuestros asociados extranjeros que permiten el intercambio de pruebas y la aprehensión detención de fugitivos.

Antes de hablar acerca de algunos ejemplos concretos de la manera en la que la División de lo Penal viene trabajando con nuestros asociados para lograr el juzgamiento de casos multijurisdiccionales, quiero darle contexto a esta discusión mencionando un notable hecho reciente en la labor del departamento y, de hecho, de todo el gobierno de EE.UU., en el combate de la delincuencia transnacional. El mes de diciembre último, el Grupo de Trabajo de Acción Financiera [Financial Action Task Force (FATF)], un cuerpo intergubernamental independiente que desarrolla y promueve políticas para la protección del sistema financiero global contra el lavado de dinero, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, emitió su informe de evaluación mutuo sobre los Estados Unidos. Me enorgullece poder decirles que el encabezado de dicho informe es que Estados Unidos cuenta con “un robusto y bien desarrollado régimen contra el lavado de dinero y la financiación del terrorismo que está eficientemente investigando y enjuiciando” a autores transnacionales y responsables de lavado de dinero que los ayudan a ocultar sus ganancias mal habidas. El informe también destaca la eficacia de nuestra labor conjunta con nuestros asociados de las fuerzas del orden público internacionales. Francamente, creo que Estados Unidos siempre ha uno de los líderes y pioneros en esta área.

Sin embargo, el informe indicó inquietud acerca del trabajo continuo por parte del gobierno de EE.UU. para prevenir el abuso de entidades jurídicas (compañías fantasma) para “ofuscar la fuente, el propietario y el control de fondos ilegales”, esencialmente, que debería seguir ocupándose del tema y descubrir a los verdaderos titulares. En el departamento, en especial en la División de lo Penal, permanecemos muy centrados en entender la estructura de propiedad y la aparente facilidad con la que organizaciones delictivas y personas utilizan empresas fantasma para mover y ocultar el producto de delitos. Se trata de un problema global que requiere una respuesta enérgica. Correr el velo empresarial para determinar el verdadero titular de cuentas bancarias y otros activos valiosos suele exigir un proceso demorado y que requiere el uso de numerosos recursos. Citaciones en acusaciones formales, entrevistas de testigos y hasta solicitudes de asistencia legal extranjera son necesarias, a veces, para atravesar la estructura externa de estas empresas fantasma.

Por lo tanto, el departamento considera la regla final de diligencia debida anunciada en mayo por el Departamento del Tesoro de EE.UU. como siendo un paso esencial hacia una mayor transparencia y un sistema de informes, lo que dificulta que delincuentes o cleptócratas sofisticados puedan ocultar sus identidades o fondos ilícitos detrás de estructuras empresariales opacas. Y haremos valer esta regla enérgicamente en nuestras futuras investigaciones.

Los beneficios de reunir esta información son sustanciales para el cumplimiento de la ley y, a mi modo de ver, son indisputables, especialmente en el tipo de investigaciones de cuello blanco internacionales de gran porte que la División de lo Penal está realizando, así como las que realizan nuestros asociados internacionales.

Enjuiciamientos multijurisdiccionales

Ante el alcance cada vez más internacional de la labor de coacción de la División de lo Penal asociada a la delincuencia de cuello blanco, este último punto es crítico. Obtener información o pruebas oportunas y sustanciales acerca de los verdaderos titulares, que lleve a comprender estas estructuras empresariales complejas, requiere cooperación internacional. Y así como recibimos significativa ayuda de nuestros asociados extranjeros en nuestros enjuiciamientos e investigaciones, nosotros también les brindamos importante asistencia. Este modelo equilibrado de reciprocidad en el intercambio de informaciones es una herramienta vital en la caja de herramientas del fiscal moderno, ya sea que el fiscal se encuentre en los Estados Unidos, Europa, Sudamérica o cualquier otro lugar.

Esta realidad, el intercambio de informaciones recíproco, está provocando una tendencia creciente, especialmente en lo que se refiere a hacer valer las leyes internacionales asociadas a los delitos de cuello blanco. Y la tendencia emergente es la siguiente: debido en parte a la asistencia significativa que brindamos a nuestros asociados extranjeros, ha habido un aumento en los enjuiciamientos multijurisdiccionales de conducta delictiva, especialmente cuando esa conducta es de naturaleza transnacional y cuando varios países tienen autoridad de enjuiciamiento en la misma.

Esto ya no es el futuro, está aquí y ahora en las investigaciones globales. Los países del mundo han reforzado sus leyes y autoridades centrales, y dan prioridad a los enjuiciamientos de delitos de cuello blanco. Esto significa, y muchos de usted probablemente ya han notado esto, que una empresa que opera en un país X, cuyos empleados sobornan a un funcionario público en violación de la FCPA, puede ser investigada y enjuiciada por los Estados Unidos, así como por varios otros países con jurisdicción sobre la conducta que dio origen al enjuiciamiento. De hecho, y especialmente en el área de soborno a funcionarios públicos, los países de todo el mundo están reforzando sus leyes, investigando y enjuiciando casos con gran impacto. Como parte de nuestra cooperación con nuestros asociados internacionales, donde corresponde, buscamos alcanzar resoluciones globales que distribuyan sanciones entre las jurisdicciones relevantes, de modo que compañías que busquen aceptar responsabilidad por su conducta indebida anterior no sean injustamente penalizadas por la misma conducta por múltiples agencias.

Dediqué la primera parte de esta semana a reunirme con colegas de Bogotá, Colombia. La semana pasada, me reuní con nuestros colegas mexicanos, hablé por teléfono con los dominicanos durante más de una hora y, antes de eso, con los panameños hace apenas unas semanas. A fin de mes, recibiré a nuestros colegas argentinos en Washington, D.C. para colaborar y coordinar respecto de temas asociados a los delitos financieros y la corrupción. Todas estas reuniones son a los más altos niveles del gobierno, y en todos los niveles del gobierno. Reuniones como estas, en medio de una comunidad internacional de fiscales, investigadores, personal de seguridad pública e instituciones gubernamentales de regulación y de investigación financiera, han dejado de ser infrecuentes, por lo menos para nosotros. En general, los fiscales de gran parte del mundo comprenden que la investigación y el enjuiciamiento de la delincuencia transnacional requiere cooperación transnacional. De hecho, la delincuencia es cada vez más transnacional; por lo tanto, el combate de la misma también debe serlo. Y así como los delincuentes buscan aprovechar límites geográficos para protegerse a sí mismos y sus fondos de origen ilegal, también deben los mecanismos de cooperación internacional servir para impedirles hacerlo.

En el área de la reunión de pruebas en los últimos años, he sido testigo de un importante aumento de las solicitudes de asistencia legal recibidas de nuestros colegas extranjeros. Los países están cada vez más empeñados en enjuiciar la corrupción internacional afirmativamente en sus propios países.

Por supuesto, la asistencia formal de acuerdo con tratados bilaterales o multilaterales no son nuestras únicas herramientas. Los Estados Unidos y otros países del mundo también comparten pruebas e información de acuerdo con el principio de reciprocidad, o a través de diversos mecanismos informales. De hecho, el Departamento de Justicia y sus agencias de investigación envían a agregados a embajadas de todo el mundo. Uno de los principales objetivos de los agregados es proporcionar y recibir información relacionada con investigaciones y enjuiciamientos en curso. Dicha información puede brindar importantes pistas, tanto a nosotros como a nuestros homólogos. El departamento reconoce que la comunicación con dichos homólogos extranjeros debe mantener su ritmo en la era de la comunicación instantánea.

Mientras los negocios de su cliente se diseminan por el mundo, el enfoque de la División de lo Penal de las investigaciones transnacionales grandes y complejas y las de cuello banco, es de naturaleza verdaderamente global y los resultados que hemos obtenido demuestran y destacan la importancia de trabajar con y mantener verdaderas asociaciones con nuestros colegas del exterior.

EE.UU. contra Odebrecht

Un ejemplo con el que comenzaré es un caso de la FCPA, Odebrecht, un caso que demuestra lisa y llanamente cómo el mundo se está uniendo para investigar y enjuiciar la corrupción. Entre las herramientas más útiles del arsenal del departamento para enjuiciar la corrupción es hacer valer las disposiciones de la FCPA contra el cohecho. Estos enjuiciamientos son necesarios para combatir la corrupción global que reprime el crecimiento económico, crea un campo de juego desigual para empresas y entidades, y representa una amenaza a la seguridad nacional de los Estados Unidos y otras naciones civilizadas. Sin embargo, con frecuencia los actos principales de delitos son cometidos en países extranjeros por autores extranjeros.

En diciembre del año pasado, el conglomerado de empresas de constructoras brasileño Odebrecht y la compañía petroquímica brasileña Braskem se declararon culpables y aceptaron pagar una multa total combinada de alrededor de 3,5 mil millones de dólares en resolución de cargos con los Estados Unidos, Brasil y Suiza (tres jurisdicciones) que surgieron de sus ardides para pagar cientos de millones de dólares en sobornos a funcionarios de gobiernos alrededor del mundo. Odebrecht y Braskem llevaron a cabo un ardid de cohecho internacional diseñado para obtener y retener contratos comerciales indebidamente en 12 países: Angola, Argentina, Brasil, Colombia, República Dominicana, Ecuador, Guatemala, México, Mozambique, Panamá, Perú y Venezuela. Como parte del ardid, Odebrecht y sus coconspiradores crearon y financiaron una estructura financiera sofisticada y secreta dentro de la compañía, dedicada a justificar y realizar pagos de sobornos a partidos políticos extranjeros, funcionarios públicos y sus representantes, incluidas instituciones financieras estadounidenses y empresas fantasma offshore creadas desde los Estados Unidos.

Múltiples otros países han iniciado investigaciones y enjuiciamientos de Odebrecht y personas supuestamente involucradas en el ardid. Existen informes de que más de 10 países adicionales han confirmado la realización de sus propias investigaciones de la corrupción en Odebrecht.

De hecho, en algunos países, la legislación interna exige el inicio inmediato de investigaciones penales cuando hay pruebas de corrupción pública. Muchos de nuestros asociados extranjeros han actuado muy rápidamente en lo que respecta enjuiciar a sus funcionarios públicos en sus países. Por ejemplo, Brasil ya ha acusado formalmente a más de 70 personas solo en este caso.

Como cuestión general, la Sección de Fraude de la División de lo Penal, en coordinación con la Oficina de Asuntos Internacionales, comparte eficazmente información y pruebas con autoridades extranjeras. Asimismo, suele ocurrir que, en acuerdos de declaración de culpabilidad con compañías, exigen que las mismas colaboren al seguir proporcionando pruebas e información a la fiscalía. La combinación de estos dos fenómenos con frecuencia les brindan a nuestras fiscalías la capacidad de prestar asistencia a sus colegas extranjeros. Idealmente, por supuesto, la consecuencia de la labor de coacción del departamento es incentivar el cumplimiento voluntario de la FCPA y otras leyes internas aplicables que prohíben conductas como el soborno a funcionarios públicos.

Me gustaría agregar que, en lo que se refiere a la FCPA, desde la perspectiva de las políticas, nos agrada ver que más países hacen valer leyes contra el cohecho. Desde la década de 1980, ha habido un reconocimiento internacional creciente de que todos los países deben tener como objetivo desmantelar los pagos corruptos a fin de crear un campo de juego igualitario para los negocios globales. En ausencia de leyes anticorrupción internas eficaces o recursos para enjuiciar a quienes violen dichas leyes, nos quedarían lagunas geográficas en la labor global colectiva de acabar con la corrupción. Permítanme pasar a otro ejemplo de un caso para destacar algunos otros puntos.

1Malaysia Development Berhad

En 2016, el departamento inició la mayor acción ya entablada por la Iniciativa Cleptocracia, marcando un importante hito en la lucha constante del departamento contra la corrupción global, asociada a dos ofertas de bonos en 2012, a través de las cuales 1Malaysia Development Berhad (1MDB) recaudó dinero que fue desviado por funcionarios públicos corruptos y sus asociados.

La finalidad declarada de las ofertas de bonos de 2012 fue permitirle a 1MDB invertir, en beneficio del gobierno malasio, en ciertos activos asociados a la energía. Sin embargo, casi enseguida después de recibir los fondos de estas dos emisiones de bonos, alrededor del 40 por ciento de los fondos recaudados, o sea, alrededor de 1,37 mil millones de dólares, fue transferido de las cuentas de 1MDB. El dinero fue a una cuenta bancaria en Suiza perteneciente a una empresa fantasma establecida en las Islas Vírgenes Británicas. La demanda alega que el nombre de esta empresa fantasma tuvo la intención de sugerir una afiliación con una compañía legítima que participo en la oferta de bonos; sin embargo, la cuenta bancaria en Suiza era controlada por funcionarios públicos corruptos.

Este caso es otro ejemplo más de lo que sucede cuando personas y organizaciones delictivas pueden utilizar empresas fantasma para mover, y finalmente ocultar, el producto de la delincuencia y la cleptocracia. Lagunas en los regímenes legales del mundo, incluido, como he mencionado anteriormente, aquí en los Estados Unidos, les permitió a estos delincuentes evitar revelar los verdaderos titulares de las cuentas a las que se desviaron los fondos de 1MDB. La importante asistencia que recibimos de nuestros colegas internacionales resultó esencial para identificar e inmovilizar fondos en este caso.

Otros ejemplos

Asimismo, en nuestro enjuiciamiento de Rolls Royce, la empresa con sede en el Reino Unido le pagó a Estados Unidos alrededor de 170 millones de dólares como parte de una resolución global de 800 millones de dólares de investigaciones de corrupción en tres países: Estados Unidos, Reino Unido y Brasil. Rolls Royce realizó un acuerdo de enjuiciamiento diferido [deffered prosecution agreement (DPA)] en los Estados Unidos, así como un DPA en el Reino Unido, la primera vez que EE.UU. y la Oficina de Fraude Grave [Serious Fraud Office (SFO)] del Reino Unido realizan una resolución tan coordinada.

En nuestro enjuiciamiento de la empresa VimpelCom, con sede en Holanda y una de las mayores empresas de telecomunicaciones del mundo, se alcanzó una resolución global de 800 millones de dólares en resolución de 114 millones de dólares de pagos de sobornos ilegales. Dicha resolución, la que incluyó un acuerdo de declaración de culpabilidad de la subsidiaria de Uzbek de VimpelCom y el DPA con VimpelCom, también incluyó acuerdos conciliatorios con el Servicio de Enjuiciamiento Público de Holanda, así como la Comisión de Bolsa y Valores (SEC)]. Como pueden ver, la tendencia es un esfuerzo global para enjuiciar la corrupción y dicha tendencia no está decayendo.

Deseo destacar la extensión de nuestra cooperación internacional contra los delitos de cuello blanco observando que, en los casos de cleptocracia, uno de los objetivos es devolver el producto de los delitos del cleptócrata a las personas perjudicadas por su conducta delictiva. El año pasado, por ejemplo, el departamento reembolsó 1,5 millones de dólares a Taiwan provenientes de la venta de un apartamento en Nueva York y una residencia en Virginia confiscados que, según los Estados Unidos, fueron comprados con dinero de sobornos pagados a la familia del ex Presidente de Taiwan Chen Shui-Bian. Nuestra capacidad de identificar y confiscar dichas propiedades fue el resultado de una amplia cooperación con la Fiscalía Suprema de Taiwan, y esperamos que la devolución de los fondos al pueblo de Taiwan transmita un fuerte mensaje acerca de nuestro compromiso de colaboración enérgica y efectiva en la coacción penal internacional.

Conclusión

No puedo concluir mi discurso sin antes comentarles acerca del “Programa Piloto” de la Sección de Fraude. El año pasado, la Sección de Fraude implementó un “Programa Piloto” de un año para casos de la FCPA, para brindar más transparencia y uniformidad a nuestras resoluciones empresariales. El “Programa Piloto” brinda a nuestros fiscales, compañías y al público métricas claras de lo que constituye la autodivulgación voluntaria, la cooperación plena y la remediación plena. También detalla los beneficios otorgados por la autodivulgación voluntaria de conducta indebida, la cooperación y la remediación plenas. El período piloto de un año finaliza el 5 de abril. En dicho momento, comenzaremos el proceso de evaluar la utilidad y la eficacia del “Programa Piloto”, si lo ampliaremos y qué cambios, si los hubiera, deberíamos realizar en el mismo. El programa seguirá plenamente vigente hasta que lleguemos a una decisión final sobre esos temas.

Para concluir, permítanme decir algunas cosas:

Resulta claro que las investigaciones globales de la corrupción están creciendo. Vemos que, frecuentemente con gran proximidad temporal respecto de nuestros enjuiciamientos, otros países también están tomando acción. Ya no se trata de nosotros y unos pocos países más.

Algo está sucediendo en el mundo actual; solo puedes sentirlo. Es un movimiento global que adquiere más fuerza cada día con cada caso que enjuiciamos. Los países, todos los que mencioné anteriormente y muchos más, se mueven en la misma dirección, más unidos que nunca contra la corrupción.

La División de lo Penal sigue empeñada en cumplir con su parte al investigar y enjuiciar enérgicamente a los delitos internacionales cuando violen las leyes de EE.UU., y al seguir empeñada en colaborar internacionalmente en la lucha compartida de nuestras naciones para proteger a nuestros ciudadanos, nuestros mercados y sistemas financieros, y nuestras redes.

Como dije el año pasado en un foro sobre la corrupción y los delitos de cuello blanco en Bogotá, Colombia, la tendencia actual de cooperación internacional entre nuestros homólogos que están luchando contra la corrupción financiera transnacional y otros delitos de cuello blanco me recuerda la canción de 1960 popularizada por el grupo Martha y las Vandellas, cuya letra es el mensaje prefecto para todos los funcionarios públicos corruptos y autores de delitos, extranjeros y nacionales: No hay hacia donde correr, baby. No hay dónde esconderse.

Gracias por el tiempo que me han dedicado hoy. Les deseo un fantástico resto del día.

Transparencia Corporativa: ¿es EE.UU. un paraíso fiscal? El parlamento europeo parece creerlo así

Estados Unidos está emergiendo como un «paraíso fiscal líder para extranjeros adinerados» debido a su resistencia a implementar estándares globales para dar a conocer información fiscal y también debido a la variedad de facilidades y servicios libres de impuestos disponibles para los no residentes, según un informe del Parlamento Europeo.

El informe, que se dio a conocer el 7 de marzo—dos semanas antes de que los legisladores de la Unión Europea visiten Washington DC y Delaware para indagar sobre temas relacionados con el lavado de dinero y la evasión fiscal—, señala que estados como Nevada, Wyoming, Dakota del Sur y Delaware están atrayendo flujos de dinero de todo el mundo debido a las leyes que permiten a los beneficiarios finales de las empresas permanecer en el anonimato. «Estados Unidos proporciona una amplia gama de regímenes libres de impuestos y servicios especiales de alto secretismo para los no residentes tanto a nivel federal como a nivel estatal», dice el informe.

El informe subraya que Estados Unidos, a diferencia de «prácticamente todos los demás países desarrollados del mundo», no han acordado aplicar la norma común de la OCDE para el intercambio automático de datos bancarios y fiscales entre las autoridades fiscales.

El Comité de Investigación de Papeles Panamá del Parlamento Europeo visitará Estados Unidos el 21 y 24 de marzo para lo que se ha descrito como una misión de investigación para encontrar datos y elementos. La delegación se reunirá con los homólogos del Congreso de Estados Unidos, así como con representantes del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, del Servicio de Rentas Internas y de varios grupos de expertos y organizaciones.

Los delincuentes cibernéticos que apuntan a bancos y empresas, copian estilos muy sofisticados de ataques

Los delincuentes cibernéticos están copiando el estilo de los ataques patrocinados o amparados por estados/gobiernos para apuntar a empresas, advierte la Agencia Nacional de Crimen—National Crime Agency—del Reino Unido en un informe.

Una evaluación anual de los mayores peligros ha descubierto una creciente y cambiante amenaza basada en la piratería patrocinada a nivel gubernamental. Se analiza la tendencia de los criminales que copian a los «actores» con supuesta licencia estatal para atacar a las instituciones financieras y otras organizaciones, sabiendo que es muy improbable que sean arrestados en su país de origen. A menudo tienen vínculos estrechos con el aparato militar, de inteligencia o de control estatal de su país, y un alto grado de experiencia técnica.

El reporte señala que «los límites entre quienes cometen ataques continúan desdibujados, con grupos criminales imitando a los estados para atacar a las instituciones financieras y delincuentes más avanzados que utilizan con éxito el malware» off the shelf «para lanzar ataques. El informe hace hincapié en la necesidad de una mayor colaboración entre la industria, el gobierno y las agencias de aplicación de la ley. También destaca el aumento de los niveles de crimen cibernético agresivo y de confrontación, especialmente a través de los ataques de Denegación de Servicio Distribuido (DDoS) combinados con extorsión y ransomware» (en este último método el delincuente cifra las computadoras víctimas y exige un rescate a cambio de restaurar el control al usuario).

La evaluación anual de las mayores amenazas cibernéticas a las empresas británicas fue publicada tras haber sido producida conjuntamente por primera vez por la National Crime Agency (NCA), National Cyber Security Centre (NCSC)–Centro Nacional de Seguridad Cibernética— y los socios de múltiples sectores.

La evaluación, la más detallada de su tipo hasta la fecha, enfatiza la necesidad de una mayor colaboración entre la industria, el gobierno y las agencias de ley frente a una creciente y cambiante amenaza.

MIEMBRO DESTACADO: LA PASIÓN, EL TRABAJO EN EQUIPO, Y ELCUIDADO MOTIVAN AL ANALISA DEL CITI BROCK RENSHAW

Para Brock Renshaw, la vida siempre ha consistido en superar sus límites, ir más allá de las zonas de confort para encontrar y superar nuevos desafíos mediante una combinación de esfuerzo intenso, concentración y trabajo en equipo.

concentración y trabajo en equipo. Ese impulso es una de las razones por las que Renshaw, ahora vicepresidente y analista de amenazas estratégicas en Citi, se unió al ejército para ver de lo que podría ser capaz y, al mismo tiempo, ser parte de una misión mayor que implica proteger al mundo de los terroristas.

y una amplia gama de amenazas. Después de más de 20 años como analista de inteligencia de todas las fuentes y en el Departamento de Defensa, Agencia de Inteligencia de Defensa y Marines, ha aprendido bastante sobre la naturaleza del terror y las amenazas criminales y cómo pensar de manera rápida, crítica y eficiente.

Tomar decisiones en entornos de alto estrés y alto riesgo. Aunque los problemas en cuestión pueden ser complejos y las tácticas empleadas por grupos criminales sofisticados, una de las mayores fortalezas de Renshaw es su capacidad para condensar los problemas en su esencia y la comprensión de la naturaleza mercurial del entorno operativo y el entorno de amenazas inextricablemente entrelazado.

A medida que uno cambia para capturar al otro, los investigadores encuentran nuevas formas operativas para identificar patrones criminales, los actores de la amenaza se transforman como resultado, cambian sus camuflajes y crean un nuevo giro para llevar a cabo sus esquemas, llevando a Renshaw en un camino continuo de aprendizaje.

Pero la capacidad de descomponer información dispar en sus partes componentes, simplificar y reducir lo que pueden parecer puntos de datos arcanos, al mismo tiempo que es capaz de identificar y analizar patrones más amplios, se ha traducido bien para Renshaw. Su experiencia en antilavado de dinero (ALD/CFT) e inteligencia de los sectores público y privado también lo han ayudado a educar mejor a los miembros del equipo e iluminar a los líderes que dependen de la precisión y la claridad para tomar las decisiones correctas.

Estos son algunos de los pensamientos del miembro destacado de ACFCS.

1. ¿Qué haces en tu puesto actual?

En mi rol actual, proporciono inteligencia estratégica de amenazas financieras globales y emergentes a la institución para diseñar estrategias y soluciones para disuadir, impedir y disminuir el impacto.

2. ¿Cómo es la trayectoria profesional en el crimen financiero?

Excelente. A medida que la industria crea nuevos entornos operativos, las amenazas físicas y virtuales se adaptan, maduran y convergen; ergo se vuelve más conectado. El desafío será que las instituciones financieras ofrezcan productos y servicios de primer nivel a sus clientes, mientras que los adversarios continúan elaborando estrategias para explotar esos productos y servicios.

3. ¿Cuál es el mejor consejo que has recibido?

Cuidar a las personas, a las personas con las que trabaja, para las cuales dirige, y nada es más importante que las personas en su vida. No hay un «yo» en el equipo, y un individuo rara vez tiene éxito unilateralmente. Ten pasión por lo que haces.

4. ¿Cuál es el peor consejo que has recibido?

Que permanezca en mi carril, ya que es limitante y ahoga el logro. Creo que desarrollar relaciones duraderas y crear sinergias que no existían a través de la interacción mejora y enriquece la vida de las personas, así como aumenta la conciencia sobre el entorno de amenazas.

5. ¿Cuáles diría que son los atributos más importantes para que alguien en su rol pueda tener éxito?

Es importante comprender los posibles impactos que los actores y métodos de amenaza tienen en la institución, en función del entorno operativo actual y emergente. El análisis es necesario para evaluar con precisión las amenazas, pero sintetizar los datos y contar la historia a través de una presentación escrita y oral son atributos aún más críticos para permitir la toma de decisiones.

6. ¿Cómo ha cambiado y evolucionado (cumplimiento, investigaciones, etc.) durante su carrera?

Creo que una cultura de amenaza se está normalizando en la industria. Las instituciones reconocen los beneficios de centrarse en la inteligencia de amenazas para comprender mejor las tácticas, técnicas, procedimientos y capacidades del adversario para atacar o explotar una institución.

7. ¿Cuáles considera que son los desafíos clave relacionados con el delito financiero en su función o en el sector en general?

A medida que el entorno operativo continúa cambiando, también lo hace el entorno de amenazas. El proceso para comprender ambos entornos, operativo y amenaza, para mantenerse por delante de los actores de la amenaza y sus métodos nunca termina.

8. ¿Qué te motivó a convertirte en un profesional de delitos financieros?

Mi carrera de inteligencia abarca desde el Cuerpo de Marines hasta la Agencia de Inteligencia de Defensa. Mientras estaba en el sector público, me di cuenta del deseo de aumentar la utilización de la inteligencia por parte del sector privado, porque los grupos terroristas recurrían cada vez más a actividades delictivas para apoyar sus deseos terroristas. Los delitos financieros son parte integral del éxito de una organización terrorista en los niveles táctico, operativo y estratégico. El sector privado juega un papel importante en el uso de la inteligencia para detectar, disuadir e interrumpir la actividad ilícita.

9. ¿Hay algo que te haya sorprendido acerca de tu rol actual?

Vengo del sector público donde «la inteligencia impulsó las operaciones». Cuando comencé a trabajar en el sector privado, el concepto no era tan aceptado como lo era en el sector público, pero los beneficios de agregar inteligencia de amenazas al proceso de toma de decisiones se ha institucionalizado más en toda la industria desde que comencé.

10. ¿Por qué se unió a ACFCS y / o obtuvo la certificación CFCS?

Me uní a ACFCS para llegar a lo más alto posible en el campo y ser parte de un grupo selecto de expertos en delitos financieros. Esta es la misma mentalidad que tenía cuando decidí convertirme en un marine: para ver si tenía lo que se necesita y empujarme más allá de mi zona de confort para lograr algo que pensé que estaba más allá de mis capacidades. Busco continuamente ser parte del estándar de oro y ayudar a la comunidad de servicios financieros a ser más eficaces para detener a los actores de amenazas.

11. ¿Cuál es la parte más gratificante de tu trabajo?

nivel institucional, la recompensa es cuando la inteligencia sobre amenazas está ampliamente distribuida orgánicamente de un equipo o persona a otro. A nivel individual, la parte más gratificante es cuando alguien comprende y se emociona con los beneficios de la inteligencia de amenazas.

ACFCS continúa expandiendo su presencia internacional

La Asociación de Especialistas Certificados en Delitos Financieros, ACFCS, firma acuerdos con AJCON en la India y desarrolla recursos para atender los mercados de Australia y Nueva Zelanda

2 de marzo de 2017, MIAMI, EE.UU.– La Asociación de Especialistas Certificados en Delitos Financieros (ACFCS, por sus siglas en inglés), una Asociación Profesional de BARBRI, ha dado dos pasos importantes para extender su alcance global y capacidad para ofrecer recursos de capacitación y certificación de prevención de delitos financieros a organizaciones de todo el mundo.

La asociación ha firmado un acuerdo con Ajcon Consultants Pvt. Ltd., en virtud del cual Ajcon comercializará y promoverá el valor y bagaje del ACFCS a los profesionales financieros en la India. Ajcon es una compañía de servicios financieros diversificada con sede en Mumbai que presta servicios de consultoría empresarial. La compañía está encabezada por Ashok Kumar Ajmera, un reconocido experto contable con más de 40 años de experiencia, que dirige un equipo de distinguidos expertos financieros.

Además, ACFCS ha llegado a un acuerdo con el experto en delitos financieros Ron Janjua para que represente a ACFCS en Australia y Nueva Zelanda. Janjua es un abogado internacional, es un profesional de múltiples facetas que ha cumplido una serie de roles profesionales y educativos. Janjua es abogado en la Provincia de Ontario, Canadá, y en en los Estados de Queensland y Nueva Gales del Sur, en Australia. Por lo tanto, cuenta con una gran experiencia en estas jurisdicciones y ha representado a clientes en asuntos legales internacionales. Janjua es también conferenciante en la Universidad de Griffiths en Queensland.

ACFCS continúa creciendo su reputación y presencia internacional. El año pasado, la compañía anunció su presencia en los territorios anglófonos del Caribe, y firmó varios acuerdos en Canadá y Latinoamérica, como el acuerdo de capacitación con el Ministerio de Industria y Comercio de Panamá.

«La delincuencia financiera es un tema global en el que tenemos que luchar juntos, reconociendo que no hay fronteras en cómo los delincuentes ven el mundo», dijo el Director Ejecutivo de ACFCS, Garry Clement. «Es nuestro privilegio asociarnos con individuos y organizaciones de renombre para promover la solidez de ACFCS en la provisión del más alto nivel de capacitación, certificación y recursos de prevención de delitos financieros a profesionales de todo el mundo».

Sobre ACFCS

La Asociación de Especialistas Certificados en Delitos Financieros (ACFCS), una Asociación Profesional de BARBRI, es una organización internacional compuesta por profesionales de los sectores público y privado que trabajan en diversas disciplinas dentro del campo de los delitos financieros, incluyendo la lucha contra el lavado de dinero, la evasión fiscal, la corrupción, el fraude, el ciberdelito y a favor del cumplimiento normativo y regulatorio, entre otras áreas.  Los miembros de ACFCS buscan realzar y mejorar los conocimientos, capacidades, reconocimiento, rendimiento laborar, carreras profesionales y relaciones de las personas que trabajan en el campo del delito financiero—tanto en el sector público como privado—a nivel mundial.

ACFCS otorga el título de Especialista Certificado en Delitos Financieros (CFCS) a los candidatos calificados que aprueben un examen que se ofrece en centros autorizados de examen en todo el mundo. Profesionales del campo de los delitos financieros de más de 50 países ya han obtenido la certificación CFCS. El examen se ofrece en inglés y español y se puede tomar en todos los países de América Latina.